SEGUNDA SALA EMITE JURISPRUDENCIA EN MATERIA DE INDEMNIZACION A TRABAJADORES DE CONFIANZA

29/03/2016

La Segunda Sala de la Corte emitió una jurisprudencia relacionada con los trabajadores de confianza al servicio del Estado, pertenecientes al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

La indemnización prevista en el artículo 10, fracción décima, de la Ley relativa, comprende el pago de 3 meses de sueldo y 20 días de salario por cada año de servicio.

Indemnización a la que tendrán derecho cuando sean despedidos de manera injustificada.

Se indica que a pesar de que la norma no precisa los conceptos que integran la indemnización, se realiza la interpretación más amplia y favorable para el trabajador.

La que se contempla en el artículo 123 de la Constitución apartado “A”, fracción XXII y “B”, fracción IX, en relación con los artículos 49 y 50 de la Ley Federal del Trabajo, que establece los 3 meses de sueldo y 20 días de salario por cada año de servicio.

 

José Luis Guerra García